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Con esta amplia visión nuestro objetivo es poder ofrecer nuestra experiencia con el fin de mejorar los diferentes aspectos que interactúan en el mundo de la adopción y con la mirada puesta en el objetivo final del bienestar de los menores y las familias. Centrándonos en nuestro campo de actuación básico, Rusia, y la situación actual de la adopción en dicho país por parte de familias españolas, deseamos exponer nuestra preocupación, al igual que lo hemos hecho ante las autoridades rusas por medio de la embajada en Madrid, respecto a las noticias que nos llegan en las negociaciones que se están llevando a cabo entre las autoridades españolas y rusas para la consecución de un acuerdo bilateral de adopción entre los dos países. Para esto hemos iniciado una campaña en la que pediremos a las familias que se dirijan directamente a sus administraciones autonómicas y al gobierno de España con el objetivo de reclamar que las adopciones en Rusia, donde el sistema garantista que asegura la plena adoptabilidad del menor adoptable y ofrece plenas garantías a las familias en la consecución de su proceso adoptivo, tengan la posibilidad de elección por cualquiera de las dos vías legalmente permitidas en el país. Según tenemos entendido España aboga por permitir solamente una de las dos vías de adopción legalmente permitidas en Rusia, la realizada por ECAI y no permitir la vía directa, en la cual la familia realiza en primera persona su proceso de adopción. Nuestra impresión, por contactos indirectos, es que Rusia no tendría inconveniente en permitir las dos vías de adopción siendo la decisión de suprimir una de ellas asunto estrictamente español. Es por ello que como asociación especializada en el país hemos de mostrar nuestra preocupación por una decisión que creemos no justificada y basada en unes premisas erróneas, alimentadas por unos delitos cometidos en España y con documentación española y, suponemos, avalada por las propias ECAIS. ASFARU siempre ha defendido la posibilidad de que las familias puedan escoger su vía de adopción en Rusia y en contra de aquellas personas que se han lucrado privadamente del negocio de la adopción. Nuestra queja ha sido siempre que si las autoridades españolas lo sabían porqué no hacían nada para evitarlo. La adopción en Rusia ha sufrido a lo largo de los años diversos altibajos que han permitido la proliferación de estas actuaciones pero ahora, llegado el momento de la regulación, se pretende castigar tanto a aquellas familias que no han actuado correctamente, pocas en relación al total, como a la gran mayoría que lo han hecho siguiendo escrupulosamente las reglamentaciones española y rusa. Por este motivo, y desde el cierre decidido por España el día 2 de Febrero de la adopción por llamada vía libre, ASFARU ha trabajado y presentado una propuesta de trabajo que permitiría a las familias españolas que no deseasen adoptar por ECAI completar su proceso de adopción en Rusia bajo la tutela de la administración española. Esta propuesta es mejorable, evidentemente, pero es un texto que con la legalidad vigente permite controlar costes e identificar a las personas que intervienen en el proceso de adopción, respetando la legislación rusa en materia de adopción y proporcionando garantías de la transparencia del proceso. Esta propuesta fue presentada por ASFARU en la Asamblea general de CORA en Segovia, siendo asumida por esta y, por tanto, por las asociaciones que la componen. CORA asume y defiende que el convenio bilateral España-Rusia ha de contemplar la libertad de elección de la familia. Otros argumentos que avalan nuestra idea del contenido del futuro convenio son las siguientes:
Un problema añadido es el hecho que se está produciendo en la actualidad en aquellas comunidades donde no existen ECAIs acreditadas. La solución aplicada ha sido transferir los expedientes de estas comunidades a aquellas en donde las ECAIs sí están acreditadas. El problema surge en estos momentos, dado que estas entidades no pueden siquiera asumir las propias peticiones de sus comunidades y, por tanto, no pueden tramitar otros expedientes que desearían ser transferidos, Y la solución no es acreditar a las mismas ECAIS en todas las comunidades, ya que la infraestructura en Rusia sigue siendo la misma, con lo que se produciría un cuello de botella más constreñido que el que actualmente ya existe. Además, como pensamos que la evolución de las circunstancias del entorno adoptivo es suficientemente rápido pensamos que la validez del convenio tendría que ser de tres años, para poder valorar sus resultados y mejorarlo, con renovación automática si ninguno de los dos países solicita una revisión de sus contenidos. Otro aspecto importante que pensamos que tendría que ser contemplado en el redactado se refiere a solucionar y marcar una guía sobre los informes de seguimiento que las familias han de enviar a Rusia, una vez tienen a su hijo o hija en casa. En nuestra opinión es obligación de las familias, y exigencia a las autoridades españolas, que se realicen los informes especificados en la ley rusa, cuatro en estos momentos, garantizando que estos llegan a su destino en los tiempos estipulados, cosa que actualmente hay comunidades que no cumplen. Como siempre desde la asociación estamos a disposición de los responsables en adopción en todo aquello que esté en nuestra mano para ayudar a mejorar los procesos adoptivos y la transparencia de los agentes involucrados.
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